Oficina de Tratados Comerciales Agrícolas

  • Inicio
  • Mapa de sitio
  • Contactos
  • Inicio
  • Institucional
    • Quiénes somos
    • Memorias
    • Portal de Transparencia
    • Secretaría
      • Comisión Importaciones
      • CNMSF
    • Legislación
      • Decretos
      • Leyes
      • Resoluciones
  • Asuntos Multilaterales (OMC)
    • Acuerdo de Marrakech/GATT
    • Acuerdo Agricultura
      • Sobre el Acuerdo
      • Comité de Agricultura
      • Negociaciones
      • Contingentes Arancelarios OMC
    • Acuerdo MSF
    • Acuerdo Licencias de Importación
    • Otros
  • Acuerdos bilaterales
    • DR-CAFTA
      • Información general
      • Contingentes Arancelarios del DR-CAFTA
      • Salvaguarda Agrícola Especial (SAE)
      • Calendario Desgravación
    • AAE/EPA
    • RD – CARICOM
    • Panamá
    • Centroamérica
  • SERVICIOS
    • Bookings
    • Estudios
    • Medidas Comerciales OMC
    • Aranceles Preferenciales
  • Preguntas frecuentes
    • Contingentes DR-CAFTA
    • Salvaguardia Agrícola Especial (SAE)
    • Contingentes OMC
You are here: Home / Información para empresas / Directrices de la Unión Europea sobre las medidas que deben adoptarse en cuanto a la presencia de Cloruro de Didecil Dimetil Amonio (DDAC) en Alimentos y Piensos

Directrices de la Unión Europea sobre las medidas que deben adoptarse en cuanto a la presencia de Cloruro de Didecil Dimetil Amonio (DDAC) en Alimentos y Piensos

9 agosto, 2012

El Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal (CPCASA) de la Unión Europea adoptó en fecha 13 de julio del 2012, nuevas directrices sobre las medidas que deben adoptarse ante la presencia de residuos de Cloruro de Didecil Dimetil Amonio (DDAC) en alimentos y piensos.

Un Límite Máximo de Residuo (LMR) de 0,5 ppm para DDAC se aplicará de inmediato a todos los alimentos de origen vegetal y animal por un período de transición.
Anteriormente, el LMR aplicable por defecto tanto para DDAC como para los compuestos de amonio cuaternario (QAC) era de 0,01 ppm.

La medida es de carácter provisional (aplicable hasta finales del mes de febrero del 2013), y como se señala en el párrafo anterior, aumenta el nivel de DDAC permitido en alimentos (banano y otros) de 0.01mg/kg a 0.5mg/kg, tras evaluar los efectos tóxicos potenciales, se consideró seguro para todos los grupos de consumidores.

Actualmente, se está a la espera de una nueva decisión por la CPCASA y se buscan información más detallada para determinar, si es posible, la fijación de un LMR legal sustantivo.

El uso del DDAC sigue siendo no permitido para productos orgánicos y en caso de encontrarse residuos de dicha sustancia en banano orgánico u otro producto, estos no podrán ser vendidos como tal.

Para mayor información:

Véase el documento adjunto titulado «Directrices sobre las medidas tomadas en cuanto a la presencia de DDAC en alimentos y piensos” acordado por el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal (CPCASA) el 13 de julio de 2012.

Adjuntos:

  • Directrices sobre las medidas tomadas en cuanto a la presencia de DDAC en alimentos y piensos

Filed Under: Información para empresas

Últimas publicaciones

  • Decreto 553-22- Contingentes Arancelarios OMC & proyección Producción, Consumo y Déficits.
  • Reasignación Contingentes Remanentes y Devueltos DR-CAFTA 2022
  • AVISO: nuevo reglamento Registro Importadores
  • Convocatoria Contingentes DR-CAFTA 2023
  • Nuevo Formulario Solicitud Contingentes DR-CAFTA
  • AVISO: cambio de fecha Devueltos y Remanentes
... ver más

Buscar por Categorías

Últimas publicaciones

  • Decreto 553-22- Contingentes Arancelarios OMC & proyección Producción, Consumo y Déficits.
  • Reasignación Contingentes Remanentes y Devueltos DR-CAFTA 2022
  • AVISO: nuevo reglamento Registro Importadores
  • Convocatoria Contingentes DR-CAFTA 2023
... ver más

Eventos

... ver más Eventos

SIGUENOS EN NUESTRAS REDES SOCIALES

 Facebook Twitter LinkedIn Instagram

Contactos

Estamos ubicados en el Ministerio de Agricultura, Km. 6 1/2 Autopista Duarte. Urbanización Jardines … Leer más

Copyright © 2023 · 2008-2015 Oficina de Tratados Comerciales Agrícolas. Todos los derechos reservados. Aviso legal. Ministerio de Agricultura. Km 6.5 Carretera Duarte, Urbanización Jardines del Norte, Santo Domingo DN. Tel: 809 227-6188 / 809 227-3164 / 809 547-1575. Desarrollado por Webpoint